Please use this identifier to cite or link to this item: http://hdl.handle.net/20.500.14076/27759
Title: Normas y procedimientos de licitación y control de ejecución de obras públicas
Authors: La Rosa Vizcarra, Moises Enrique
Keywords: Obras públicas;Licitaciones
Issue Date: 1979
Publisher: Universidad Nacional de Ingeniería
Abstract: Cuando se inicia un anteproyecto, se estudia una serie de fenómenos en relación con un objetivo. Este objetivo pasa luego a ser materia a la que se debe dar su significado para satisfacer lo que se proyecta. La arquitectura ayuda en la formación detallada de los elementos del proyecto junto con la ingeniería civil y ramas afines. A pesar de los límites evidentes, el proyectar es una función específica productiva de un profesional o grupo de profesionales; que serán los asesores, cuando, se empieza con la elaboración de un minucioso plan de edificación. Antes de empezar con el plan de distribución, deben conocerse o fijarse los siguientes puntos: 1) Ubicación del terreno, dimensiones de este, relieve del terreno, diferencia de nivel con las calles adyacentes, situación de las canalizaciones de agua y alcantarillado, etc. 2) Características de las habitaciones, por lo que se refiere a superficies, altura, situación y relaciones de dependencias entre las mismas. 3) Dimensiones de los muebles previstos. 4) Capital para la construcción del futuro proyecto. 5) Sistema de construcción que debe emplearse; obra con ladrillo a porticada, concreto caravista o expuesto, perfiles metálicos, etc. 6} Informes de construcciones similares o bibliográficos si la obra representa un tema nuevo. Una vez adquiridos los conocimientos anteriores se comienza a plasmar los datos, para que, el tema a proyectarse se obtenga en su máxima expresión de trabajabilidad, funcionabilidad, y otros, hasta tener por fin listo el anteproyecto. 2.- Aprobación del Anteproyecto. En nuestro país el sistema de concurso de proyectos arquitectónicos se rige por un reglamento de concursos del Colegio de Arquitectos del Perú (C.A. P.), aprobado en sesión de Junta Directiva del 19 de Julio de 1971. Los Concursos pueden ser: 1) Según el ámbito : Internacional o Nacional 2) Según la forma : Abierto o Por Invitación 3) Según el origen : Público o Privado Se denomina M promotor " a toda entidad Pública o Privada, o persona natural o jurídica que convoque a un concurso por intermedio del Colegio de Arquitectos del Perú. Se llama M concursante M al arquitecto colegiado, a el equipo conformado por dos o más arquitectos colegiados en un concurso. Se denomina M consultor" al arquitecto colegiado designado por el Colegio de Arquitectos del Perú, para elaborar de común acuerdo con el promotor, las bases y programa de un concurso arquitectónico y/o urbanístico y velar por el cumplimiento de éstos. Se llama " Jurado " a la comisión encargada de seleccionar y juzgar los trabajos presentados en un concurso con el objeto de establecer el orden de mérito de estos. El objetivo de los concursos es el de seleccionar un trabajo ganador; y no seleccionar un arquitecto o arquitectos capaces de realizar un trabajo específico. Por lo que el ganador de un determinado concurso mantendrá en el desarrollo del proyecto los lineamientos de su idea original premiada. Un concurso se da por realizado cuando postulan tres o más concursantes en oposición; que permitan soluciones sujetas a unas mismas bases y a un mismo programa de necesidades, pudiéndose ampliar hasta cinco (5), el número mínimo obligatorio de participantes, si, la magnitud e importancia del concurso a solicitud del promotor y previa autorización del CAP.
URI: http://hdl.handle.net/20.500.14076/27759
Rights: info:eu-repo/semantics/restrictedAccess
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